Bosch PonsArtículosConozca los límites mínimos y máximos y el coste de las cotizaciones sociales.

Conozca los límites mínimos y máximos y el coste de las cotizaciones sociales.

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Conozca los límites mínimos y máximos y el coste de las cotizaciones sociales.

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Bases de cotización para 2022

 

La base máxima de cotización en el Régimen General para 2022 es de 4.139,40 euros mensuales y la base mínima, de 1.166,70 euros (a la espera de la publicación de la Orden de Cotización definitiva,y considerando que el SMI se ha fijado en 1.000 euros).

No obstante, y a la espera de la publicación de la nueva Orden de Cotización definitiva, vea las bases máximas y mínimas actuales para el año 2022, en función del grupo de cotización al que estén adscritos sus trabajadores:

 

Grupo de cotización Categorías profesionales Base mínima mensual Base máxima mensual
1 Ingenieros y licenciados 1.572,30 euros 4.139,40 euros
2 Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados 1.303,80 euros 4.139,40 euros
3 Jefes administrativos y de taller 1.134,30 euros 4.139,40 euros
4 Ayudantes no titulados 1.125,90 euros 4.139,40 euros
5 Oficiales administrativos 1.125,90 euros 4.139,40 euros
6 Subalternos 1.125,90 euros 4.139,40 euros
7 Auxiliares administrativos 1.125,90 euros 4.139,40 euros
    Base mínima diaria Base máxima diaria
8 Oficiales de primera y segunda 37,53 euros 137,98 euros
8 Oficiales de tercera y especialistas 37,53 euros 137,98 euros
8 Peones 37,53 euros 137,98 euros
8 Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional 37,53 euros 137,98 euros

 

 

 

Tipos de cotización para 2022

 

Los tipos de cotización en el Régimen General para 2022 son los siguientes:

 

Concepto Porcentaje
Empresa Trabajador Total
  Contingencias comunes       23,60%       4,70%    28,30%
Desempleo (contrato indefinido, fijo discontinuo, temporales de discapacitados, formativos, relevo, interinidad)   5,50%    1,55% 7,05%   
Desempleo (contrato de duración determinada)    6,70%       1,60%       8,30%   
FOGASA       0,20%    -     0,20%   
Formación profesional    0,60%    0,10%      0,70%   
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Según la tarifa de primas incluida en la D.A. 4.ª de la Ley 42/2006
Horas extraordinarias (fuerza mayor) 12%       2%    14%   
Horas extraordinarias (otras)   23,60%    4,70%    28,30%   

 

 

La Orden de Cotización definitiva para el año 2022, pendiente de publicación en el B.O.E., prevé las siguientes bases:

 

Grupo de cotización Categorías profesionales Base mínima mensual Base máxima mensual
1 Ingenieros y licenciados 1.629,30 euros 4.139,40 euros
2 Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados 1.351,20 euros 4.139,40 euros
3 Jefes administrativos y de taller 1.175,40 euros 4.139,40 euros
4 Ayudantes no titulados 1.166,70 euros (1) 4.139,40 euros
5 Oficiales administrativos 1.166,70 euros (1) 4.139,40 euros
6 Subalternos 1.166,70 euros (1) 4.139,40 euros
7 Auxiliares administrativos 1.166,70 euros (1) 4.139,40 euros
    Base mínima diaria Base máxima diaria
8 Oficiales de primera y segunda 38,89 euros 137,98 euros
9 Oficiales de tercera y especialistas 38,89 euros 137,98 euros
10 Peones 38,89 euros 137,98 euros
11 Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional 38,89 euros 137,98 euros

 

1.        Importes pendientes de publicación en la Orden de Cotización, resultantes de considerar que el SMI para 2022 se ha fijado en la cuantía de 1.000 euros.

 

 

Trabajadores de más de 65 años

Se les aplica una exoneración en la cotización por contingencias comunes (salvo por IT), desempleo, fondo garantía salarial y formación profesional si cumplen alguno de los siguientes requisitos en 2022:

  • Si tras haber alcanzado la edad de 65 años acreditan cotizaciones de 37 años y 6 meses o más.
  • O si tras haber alcanzado la edad de 66 años y 2 meses, acreditan cotizaciones inferiores a 37 años y seis meses.

En estos casos el tipo de cotización aplicable durante el año 2022 por IT por contingencias comunes es del 1,55 %, del que el 1.30% será a cargo de la empresa, y el 0.25 % a cargo del trabajador.

 

Contratos temporales de duración efectiva inferior a 30 días

Los contratos de duración determinada por tiempo inferior a 30 días tendrán una cotización adicional a cargo del empresario que se abonará a su finalización, y que durante el año 2022 tendrá un importe de 26,57 euros. 

Esta cotización adicional no se aplicará a los contratos celebrados con trabajadores incluidos en el Sistema Especial para trabajadores Cuenta Ajena Agrarios, en el Sistema Especial de Empleados de Hogar o en el Régimen Especial para la Minería del Carbón, ni a los contratos por sustitución.

 

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