Bases de cotización para 2022
En el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) las bases mínima y máxima de cotización son, en general, de 960,60 euros y de 4.139,40 euros mensuales, respectivamente.
No obstante, según las características de cada autónomo, dichas bases pueden ser diferentes.
Según la edad
A estos efectos:
- Si a 1 de enero de 2022 todavía no había cumplido 47 años, podrá elegir cualquier base de cotización dentro de los límites mínimos y máximos indicados (960,60 euros y 4.139,40 euros).
- La misma regla se le aplicará si a esa fecha tenía 47 años y su base de cotización en diciembre de 2021 fue igual o superior a 2.077,80 euros (o si causa alta en el RETA con posterioridad a esa fecha). Si no se cumplen los requisitos indicados, no podrá elegir una base superior a 2.113,20 euros mensuales. No obstante, podrá elegir una base superior (hasta la máxima de 4.139,40 euros) si ejercita su opción antes del 30 de junio de 2022 (con efectos para el 1 de julio de 2022), o salvo si se trata del cónyuge supérstite del titular del negocio que, como consecuencia del fallecimiento de éste, haya tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en el RETA con 47 años (en estos casos no hay limitación de bases).
- Los autónomos que a principios de 2022 ya tenían 48 o más años sólo podrán elegir una base de entre 1.035,90 y 2.113,20 euros. Ello, salvo si se trata del cónyuge supérstite del titular del negocio que, como consecuencia del fallecimiento de este, haya tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en el RETA con 45 o más años, en cuyo caso la elección de bases estará comprendida entre las cuantías de 960,60 y 2.0113,20 euros mensuales.
No obstante, la base de cotización de los trabajadores autónomos que con anterioridad a los 50 años hubieran cotizado en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social durante cinco o más años tendrá las siguientes cuantías:
- Si la última base de cotización acreditada hubiera sido igual o inferior a 2.077,80 euros mensuales, se habrá de cotizar por una base comprendida entre 960,60 euros mensuales y 2.113,20 euros mensuales.
- Si la última base de cotización acreditada hubiera sido superior a 2.077,80 euros mensuales, se habrá de cotizar por una base comprendida entre 960,60 euros mensuales y el importe de aquella incrementado en un 1,70%, con el tope de la base máxima de cotización.
Autónomos societarios y autónomos con empleados
Respecto a los trabajadores autónomos que en algún momento del año 2021 y de manera simultánea hayan tenido contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a 10, la base mínima de cotización será de 1.234,80 euros mensuales.
Asimismo, los autónomos societarios (autónomos que se dan de alta en el RETA por tener el control de su SL y trabajar en ella), excepto los que causen alta inicial en el RETA, durante los 12 primeros meses de su actividad a contar desde la fecha de efectos de dicha alta, también tendrán una base mínima de cotización de 1.234,80 euros mensuales.
TIPOS de cotización para 2022
Los tipos de cotización en el RETA para 2022 son los siguientes:
Concepto |
Porcentaje |
Contingencias comunes |
28,30% |
Contingencias profesionales |
1,30% |
Cese de actividad |
0,90% |
Formación profesional |
0,10% |
Tipo de cotización total |
30,60% |
Trabajadores en edad de acceso a la pensión ordinaria de jubilación
Los autónomos quedarán exentos de cotizar a la Seguridad Social, salvo por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, siempre que en 2022 se encuentren en alguno de estos supuestos:
- Tener cumplidos 65 años y acreditar 37 años y 6 meses cotizados.
- O bien tener 66 años y 2 meses de edad y haber cotizado 36 años o más.