Recuerde que en noviembre su empresa puede acogerse al Régimen de devolución mensual de IVA (REDEME), presentando ante Hacienda una declaración censal (modelo 036). Con esta opción, a partir de 2025 podrá solicitar la devolución del IVA que resulte a su favor de forma mensual, sin tener que esperar a la última declaración del año.
Si opta por el REDEME, deberá declarar el IVA cada mes y presentar los libros registro por Internet a través del sistema SII (si su empresa factura más de 6.010.121,04 euros al año ya está obligada a ello, por lo que optar por el REDEME no le supone obligaciones adicionales).
Este régimen puede ser conveniente para su empresa si realiza muchas ventas sin IVA al exterior o si repercute un tipo de IVA inferior al que soporta, de forma que sus declaraciones de IVA suelen resultar a devolver. También si va a realizar una inversión importante a principios de 2025 —soportando por ello mucho IVA— y no quiere esperar a final de año para pedir su devolución.
Nuestros profesionales analizarán si le conviene acogerse al régimen de devolución mensual de IVA.