Noticias

Confirmado el desahucio de una familia modesta para que la Administración pueda otorgarla a personas aún más necesitadas

28/04/2023
Ocupación ilegal de vivienda pública

La ocupación ilegal de una vivienda pública, aunque sea por una familia necesitada, impide a la Administración otorgar las viviendas públicas a quien justifique una mayor necesidad tras la debida comprobación de las circunstancias de las personas solicitantes, que no necesariamente han de ser los ocupantes ilegales.

Por esta razón, el Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia que ordenaba el desahucio en una vivienda de promoción pública, ilegalmente ocupada por una familia integrada por un hombre con una pensión por incapacidad permanente de 1.179 euros mensuales, su pareja embarazada y un hijo menor de un año, diagnosticado de hemofilia.

Un juzgado de lo contencioso autorizó a la administración titular de la vivienda a entrar en ella. La familia recurrió el desahucio y los tribunales no fueron del todo insensibles a su situación y, dado que en ese momento estamos en plena pandemia, suspendieron la ejecución de la entrada hasta el final del estado de alarma. Valoraron que se trataba de un caso límite y que había que ponderar los derechos en conflicto. En plena pandemia, y mientras tanto, efectivamente, la situación de vulnerabilidad de esta familia con un menor era muy alta.

Pero la familia no se conformó con esta determinación y recurrió al TS solicitando que quedara del todo sin efecto la orden de desalojo, teniendo en cuenta la situación de los menores afectados sin haberse adoptado las medidas necesarias para su protección.

No lo aprecia así el TS, entendiendo que sí se valoró la situación de los menores, y por ello se adoptó suspender el desahucio, para evitar precisamente la desprotección de las personas vulnerables. Pero, superado el estado de alarma, a la luz de los datos señalados, no se aprecia una situación de riesgo de exclusión social de esta familia para prolongar su estancia en ella durante 5 años sin buscar una solución habitacional alternativa ajustada a la legalidad.

Concluye el TS que esta familia pretende tomarse la justicia por sí mismos de manera directa y con desprecio a cuantos puedan estar en situación análoga o más desfavorable, tanto en razón de la presencia de menores o personas con minusvalías como por ausencia de ingresos que, aunque limitados, ellos al menos sí tienen.

Nuestros profesionales se ponen a su disposición para auxiliarle en las actuaciones y trámites que puedan resultar pertinentes ante situaciones que afecten al interés de menores de edad
© 2024 Assessoria Bosch Pons, S.L.P.