Los autónomos que causan alta inicial en el RETA o que no hayan estado en situación de alta en los dos años anteriores —o tres, en algunos casos— tienen derecho a bonificaciones. Las bonificaciones son las siguientes:
No obstante, si el autónomo reside y desarrolla su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes, finalizado el período inicial de 12 meses podrá seguir pagando 60 euros de cuota durante otro año más (o aplicando la reducción del 80% si su base es superior a la mínima). En este caso, no serán de aplicación las reducciones indicadas del 50% y del 30% para los 12 meses posteriores al período inicial.
En la práctica, esto supondrá un ahorro de 1.500 euros respecto a los autónomos que se den de alta en municipios más grandes.
Nuestros profesionales le indicarán cómo aprovechar al máximo los incentivos aplicables en materia de cotizaciones sociales.