Recientemente se han ampliado las medidas de apoyo a la solvencia de las empresas iniciadas con las líneas de avales ICO COVID-19. Esto es lo que ha cambiado:
- Circulante. Se ha ampliado hasta el 30 de septiembre de 2022 (antes era hasta el 30 de junio) la obligación de mantener las líneas de circulante (pólizas, descuento, confirming, factoring…) por parte de las entidades financieras adheridas al Código de Buenas Prácticas (CBP). Así, si una empresa tiene un préstamo con garantía ICO COVID-19 y además otras líneas de circulante, su banco está obligado a mantenerlas hasta el 30 de septiembre (o hasta el 30 de junio de 2023 si dicha empresa ya se acogió a alguna medida del CBP).
- Facturación. Para acceder a la ampliación de los plazos de financiación (o a la ampliación del plazo de carencia) era necesario el requisito del descenso de facturación en al menos un 30% entre 2019 y 2020. Pues bien, dicho requisito se ha eliminado, lo que abre la puerta a que más empresas puedan beneficiarse de estas medidas.
- Más carencia. Las empresas pertenecientes a los sectores más afectados por el incremento de los costes energéticos (agrícola, ganadero, pesquero y de transporte por carretera) con un préstamo en carencia de capital podrán ampliar dicha carencia en seis meses adicionales. Y en el caso de que se hubiera agotado la carencia, podrá solicitar una carencia adicional por el mismo plazo.
Paralelamente, se ha aprobado una nueva línea de avales públicos en las mismas condiciones que las anteriores y que podrán solicitarse hasta el 31 de diciembre de 2022. Sin embargo, esta medida implica más endeudamiento. Para su solicitud, por tanto, será necesario presentar a la entidad bancaria un plan de tesorería realista que demuestre la capacidad de retorno de la nueva financiación con base en los ingresos actuales y la previsión de los futuros.
Nuestros asesores estudiarán su caso y le acompañarán en el proceso para solicitar las medidas a las que pueda acogerse.