Noticias

En caso de que Hacienda le comunique el embargo del salario de algún trabajador, tenga en cuenta que el salario inembargable ha aumentado, al haberse incrementado el SMI a 1.000 euros mensuales.

23/02/2022
Aumenta el SMI y el salario no embargable

Si su empresa recibe una diligencia de embargo (de Hacienda, de un juzgado o de otra administración pública) de las retribuciones de uno de sus empleados, no deberá retenerle todo el salario, ya que una parte es inembargable. 

La parte inembargable se calcula según la proporción entre el salario mínimo interprofesional y el sueldo neto (es decir, después de deducir la retención y la cuota de Seguridad Social).

En general, los porcentajes de la retribución neta que son embargables son los siguientes:

 

Retribución neta Porcentaje embargable (2)
Tramo 1: hasta SMI (1) 0
Tramo 2: entre 1 y 2 veces SMI 30%
Tramo 3: entre 2 y 3 veces SMI 50%
Tramo 4: entre 3 y 4 veces SMI 60%
Tramo 5: entre 4 y 5 veces SMI 75%
Exceso 90%
© 2024 Assessoria Bosch Pons, S.L.P.