Si un matrimonio está disfrutando de la deducción por adquisición de vivienda habitual del IRPF y se separa, recuerde cómo queda dicha deducción si ambos cónyuges mantienen la propiedad de la vivienda:
No obstante, en estos casos es habitual que el juez ordene que el cónyuge que deja la vivienda se siga haciendo cargo del 100% de la vivienda. En esta situación, Hacienda suele ser restrictiva y solo permite que dicho cónyuge se aplique la deducción sobre el 50% de los pagos (es decir, según su porcentaje de propiedad en la vivienda, aun cuando pague el 100% del préstamo destinado a adquirirla).
Pues bien, el Tribunal EconómicoAdministrativo Central (TEAC) ha declarado que en estos casos el contribuyente que paga el 100% de la hipoteca puede aplicarse el 100% de deducción, aun cuando sólo sea titular de una parte del inmueble. Según el TEAC, la deducción por compra de vivienda no puede quedar vinculada al porcentaje de titularidad del pagador. Además, limitar la deducción supondría un enriquecimiento injusto para Hacienda, que estaría restringiendo un beneficio fiscal al que tenía derecho la unidad familiar con anterioridad a la resolución judicial.
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