Recuerde que el 1 de enero de 2022 entra en vigor la nueva legislación que modifica algunas medidas en materia de garantías para consumidores y usuarios. Los principales cambios son los siguientes:
En todo caso, recuerde que esta garantía cubre la “falta de conformidad”, pero no los defectos derivados del uso deficiente por parte del adquirente. Y respecto a la presunción de que los defectos aparecidos en los dos años siguientes ya existían en el momento de la venta, recuerde que, como tal presunción, el proveedor podrá liberarse de responsabilidad si demuestra que no era así.
También aumentan los casos en los que el consumidor puede solicitar la resolución del contrato (es decir, que se le devuelva el dinero). Recuerde que el consumidor también tiene la opción de exigir la reparación o sustitución y, en este sentido, la nueva ley exige mantener la existencia de piezas de reparación durante diez años.
Nuestros profesionales le asesorarán sobre cualquier duda que se le pueda plantear en materia mercantil.