Teletrabajo y compensación por comida. En una empresa se prestaban servicios de forma presencial y con jornada partida, pero tras el estado de alarma se instauró el teletrabajo, también en jornada partida. Con este cambio la empresa suprimió la compensación por comida prevista en el convenio, y la Audiencia Nacional ha validado dicha supresión [AN 22-09-2021]:
El tiempo de formación es tiempo de trabajo
El Tribunal de la UE [TJUE 28-10-2021] considera que el tiempo dedicado a una formación realizada fuera de los locales de la empresa y del horario normal de trabajo, siguiendo instrucciones del empresario, es tiempo de trabajo:
Fin del contrato de alquiler y despido objetivo. Las empresas que ocupan locales abiertos al público en régimen de arrendamiento no están obligadas a renovar el contrato de alquiler a toda costa, ni a buscar un nuevo local en el que reubicarse: pueden abrir y cerrar locales cuando quieran, en ejercicio de la libertad de empresa.
Sin embargo, la no renovación de un contrato de alquiler por su propia voluntad no puede justificar un despido por causas organizativas [TSJ Canarias 13-05-2021]. Deben existir necesidades de supervivencia o de mejor funcionamiento.
En el caso analizado, el TSJ considera que la empresa no ha probado ninguna causa objetiva que justifique el despido (en particular, el descenso de ventas). Y tampoco ha probado que la no renovación del contrato se deba a causas ajenas a su voluntad (de hecho, la LAU otorga un derecho de renovación preferente a los arrendatarios de locales abiertos al público). Por tanto, el despido se declara improcedente.