Si un cliente no atiende un pago a su vencimiento, recuerde que puede reclamar:
El interés que podrá reclamar será el que hayan pactado. Y si no pactaron nada, podrá exigir el interés de demora que cada semestre fija el Ministerio de Economía, y que en el segundo semestre de 2021 ha quedado fijado en el 8%.
Pulse aquí para acceder a la resolución que establece el interés de demora aplicable durante el segundo semestre natural de 2021
.
En caso de retraso en el pago de una deuda comercial, reclame los intereses de demora que establece la ley de lucha contra la morosidad. Nuestros profesionales le asesorarán sobre cómo actuar en estos casos.