Los deterioros por la pérdida de valor de participaciones en otras sociedades dejaron de ser un gasto deducible a partir de 2013. Además, a partir de 2016 se obligó a las empresas a revertir los deterioros que se habían deducido antes de 2013. A estos efectos:
Por tanto, si antes de 2013 su empresa se dedujo deterioros por pérdida de valor de participaciones, es posible que en la próxima declaración del Impuesto sobre Sociedades deba realizar la última reversión.
En cualquier caso, la norma que obliga a revertir estos deterioros podría ser declarada inconstitucional, por lo que, una vez presente la declaración del Impuesto sobre Sociedades, cabe la posibilidad de rectificarla y solicitar devolución de ingresos indebidos.
Nuestros profesionales están a su disposición para aclarar cualquier duda que se le pueda plantear en la declaración del Impuesto sobre Sociedades.