Cuando se plantea la incorporación de la segunda generación a la empresa, muchos empresarios optan por realizar una ampliación de capital. Por ejemplo, si la cifra de capital es de 30.000 euros y quieren que los hijos ostenten el 50%, realizan una ampliación de capital por ese mismo importe, de forma que los nuevos socios, desembolsando 30.000 euros, pasen a tener el 50% del negocio.
Pero esta forma de actuar no es correcta. En general, el valor de la empresa será muy superior a la cifra de capital: existirán reservas por los beneficios generados en los ejercicios anteriores, o activos que ahora valen mucho más del valor reflejado en el balance... Y en estos casos será necesario que los nuevos socios desembolsen una suma superior al nominal de las participaciones que van a suscribir, para que se cumplan dos premisas:
Para cumplir estas premisas la ampliación de capital puede hacerse con prima de emisión. (Otra alternativa es que los anteriores socios vendan sus derechos de asunción o suscripción preferente). Y si la prima de emisión (o los derechos de asunción o suscripción preferente) no se valoran correctamente (o no existen), Hacienda considerará que existe una donación a favor de los nuevos socios, y liquidará el impuesto y las sanciones correspondientes.
En todo caso, recuerde que la transmisión de empresas familiares de padres a hijos disfruta de un marco fiscal muy favorable. Evite, por tanto, operaciones artificiosas que pueden suponerle costes fiscales innecesarios.
Si se plantea la incorporación de sus hijos como socios de su empresa, nuestros profesionales le asesorarán sobre cómo hacerlo sin riesgos fiscales.