Si su empresa tiene 50 o más trabajadores, está obligada a contratar a un 2% de empleados con discapacidad (se considera persona con discapacidad aquella que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%). A estos efectos, para determinar si tiene 50 o más trabajadores, debe calcular el promedio de su plantilla de los 12 meses anteriores.
Pues bien, la ley le impone otra obligación que debe cumplir hasta como máximo el próximo 31 de marzo. En concreto:
Nuestro departamento laboral le informará sobre las posibles obligaciones de su empresa en materia de contratación de personas con discapacidad.