Los autónomos pueden cambiar su base de cotización hasta cuatro veces al año, con efectos a partir del primer día del trimestre siguiente a aquél en que realicen el cambio. En 2021, en general, la base mínima de cotización es de 944,40 euros mensuales, y la máxima de 4.070,10.
Sin embargo, según la edad del autónomo a 1 de enero, la base de cotización a elegir en 2021 está limitada. A estos efectos:
Existen reglas especiales para los cónyuges que hayan tenido que ponerse al frente del negocio como consecuencia del fallecimiento del cónyuge titular, así como para los autónomos que con anterioridad a los 50 años hubieran cotizado en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social cinco o más años.
Para los autónomos que en algún momento del año 2020 y de manera simultánea hayan tenido contratados a 10 o más trabajadores, la base mínima de cotización será de 1.214,10 euros mensuales. Y la misma base mínima tendrán los autónomos societarios (autónomos que se dan de alta en el RETA por tener el control de su SL y trabajar en ella), excepto los que causen alta inicial en el RETA, durante los 12 primeros meses de su actividad.
Nuestros profesionales están a su disposición para cualquier duda que tenga en materia de cotización.