En general, si un trabajador percibe rentas del trabajo por un importe no superior a 22.000 euros y trabaja sólo para una empresa, no está obligado a presentar declaración de IRPF. No obstante, si durante 2020 estuvo en ERTE y percibió rentas del SEPE, es posible que sí deba presentar declaración.
En concreto, esto sucederá si sus retribuciones totales superaron los 14.000 euros y tanto la empresa como el segundo pagador en volumen –el SEPE- le abonaron una retribución superior a los 1.500 euros.
La obligación de presentar declaración no implicará un mayor pago por IRPF. Lo que sucede es que, al haber dos pagadores, el trabajador habrá soportado unas retenciones totales inferiores a las que hubiese soportado con un único pagador. Por tanto, al presentar declaración, lo único que pasará es que las diferencias se regularizarán, y acabará pagando lo mismo que si hubiese tenido un solo pagador.
El hecho de tener que presentar la declaración no implicará necesariamente un mayor pago por IRPF. Nuestro despacho le resolverá cualquier duda que pueda tener en esta materia.