Al cerrar las cuentas de 2020 conviene estar especialmente atento a los gastos que a 31 de diciembre ya se han devengado pero que todavía no se han pagado. Dichos gastos pueden periodificarse y contabilizarse en 2020 (en lugar de 2021). Por tanto, al computarlos un año antes, su empresa puede diferir el pago del Impuesto sobre Sociedades y obtener ahorros financieros. Por ejemplo:
Analice también los ingresos: puede ser que alguna partida que haya sido contabilizada como tal sea verdaderamente un anticipo. Por ejemplo, si su empresa ha cobrado todos los honorarios por unos trabajos que a 31 de diciembre sólo se han finalizado en un 60%. En ese caso, podrá contabilizar el 40% restante como un anticipo e imputarlo como ingreso en 2021, cuando esa parte del trabajo se realice.
Nuestro departamento fiscal está a su disposición para ayudarle en el cierre de cuentas de 2020