La ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 ha mantenido los límites que se están aplicando desde 2016 con carácter transitorio. Dichos límites son los siguientes:
IRPF
Volumen de ventas:
Volumen de ventas |
Límites |
2016 a 2021 |
2022 (salvo prórroga) |
Conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas |
Límite general |
250.000 euros |
150.000 euros |
Límite específico (emisión de factura) |
125.000 euros |
75.000 euros |
|
Actividades agrícolas y ganaderas |
Limite general |
250.000 euros |
250.000 euros |
Volumen de compras:
Volumen de compras |
Límites |
2016 a 2021 |
2022 (salvo prórroga) |
Volumen de compras (excepto inmovilizado) |
Límite general |
250.000 euros anuales (IVA excluido) |
150.000 euros anuales (IVA excluido) |
IVA
Volumen de ventas:
Volumen de ventas |
Límites |
2016 a 2021 |
2022 (salvo prórroga) |
Conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas y ganaderas |
Límite general |
250.000 euros |
150.000 euros |
Actividades agrícolas y ganaderas |
Limite general |
250.000 euros |
250.000 euros |
Volumen de compras:
Volumen de compras |
Límites |
2016 a 2021 |
2022 (salvo prórroga) |
Adquisiciones e importaciones de bienes y servicios para el conjunto de sus actividades empresariales o profesionales, excluidas las relativas a elementos del inmovilizado |
Límite general |
250.000 euros anuales (IVA excluido) |
150.000 euros anuales (IVA excluido) |
También se han modificado los plazos para renunciar al régimen de módulos. Nuestros profesionales le asesorarán en esta materia y en cualquier otra problemática fiscal de su negocio. .