Cuando una empresa incurre en pérdidas y su patrimonio neto (los fondos propios) queda por debajo de la mitad del capital social, la ley obliga a los socios a corregir inmediatamente la situación o a disolver la sociedad. Si dicha regularización no se produce y la empresa tampoco se disuelve, el administrador puede llegar a responder con su patrimonio personal de las deudas sociales posteriores al acaecimiento de la causa legal de disolución.
Pues bien, como medida extraordinaria derivada del coronavirus, las pérdidas de 2020 no se tendrán en cuenta a efectos de determinar esa causa de disolución y la posible responsabilidad de los administradores. Ello supone un margen para las empresas, que podrán esperar al cierre de 2021 para verificar si incurren o no en esta situación.
No obstante, y con independencia de esta medida, lo mejor es regularizar las pérdidas de forma inmediata, tras el cierre de 2020 (para dar una mejor imagen frente a las entidades financieras o los acreedores). En ese caso, recuerde:
En caso de pérdidas, nuestros profesionales analizarán la situación patrimonial de su empresa y le propondrán la mejor alternativa para regularizarla.