Mediante este régimen, las empresas de un mismo grupo tributan como si se tratase de una sola. De esta forma se consiguen beneficios de forma inmediata:
El grupo fiscal debe estar formado por una sociedad holding y todas las filiales en las que ésta participe, de forma directa o indirecta, en al menos el 75% de su capital. Y aunque de entrada no se cumpla este esquema de matriz-filiales (muchos empresarios participan directamente en diferentes sociedades, sin tener una holding), es posible realizar, sin coste fiscal, operaciones de reestructuración que permiten alcanzar dicho esquema.
Para que sea de aplicación este régimen en 2021, deben acordarlo todas y cada una de las sociedades que van a formar parte del grupo (deben hacerlo antes de final del ejercicio 2020). Y la sociedad dominante también debe comunicar la opción a Hacienda antes de final del presente ejercicio.
Nuestros profesionales analizarán si le conviene acogerse al régimen de grupos y le explicarán las ventajas que obtendrá con su aplicación.