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Se reducen algunos límites de velocidad, se regula el uso de patinetes y se introducen algunos cambios en la obtención de ciertos permisos

11/11/2020
NUEVA NORMATIVA DE TRÁFICO

El Gobierno ha modificado los Reglamentos generales de la circulación, vehículos y conductores. Las principales novedades son:

Vigentes desde 12-11-2020

  • Se reducen las edades mínimas exigibles para obtener los «carnés profesionales».
  • No autorizan a conducir motocicletas los permisos B, B+E, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E.
  • Se modifican diversas cuestiones sobre el curso de reeducación vial por pérdida total de puntos.
  • Se modifica el sistema formativo en las pruebas de aptitud para la obtención del permiso de conducción.

Además se permite:

  • Incluir en la prueba de control de conocimientos videos sobre situaciones del tráfico; y
  • Incorporar una equipación mínima para poder realizar las pruebas de control de aptitudes y comportamientos para la obtención de los permisos de las categorías AM, A1 y A2.

Además se obliga a utilizar GPS en las pruebas de control de aptitudes y comportamientos en vías abiertas para la obtención de permisos de moto por personas con hipoacusia.

  • Para el acceso a los permisos de conducción por personas con problemas asociados al sistema locomotor se establece la posibilidad de autorizar ciertas adaptaciones, restricciones o limitaciones.
  • Se modifica el modelo del permiso internacional para conducir con el fin de posibilitar la solicitud telemática del trámite.

Vigentes desde 2-1-2021

Se modifican determinadas definiciones y categorías de vehículos y se introduce un marco normativo que ha de regular los vehículos de movilidad personal (patinetes eléctricos y similares), mediante un Manual de características técnicas que se elaborará por la Jefatura Central de Tráfico que establecerá:

  • Requisitos técnicos que deben cumplir para su puesta en circulación,
  • Clasificación,
  • Procesos de ensayo para su certificación,
  • Mecanismos para su fácil identificación.

Vigentes desde 11-5-2021

Se fijan tres nuevos límites genéricos de velocidad en las vías urbanas (hasta ahora había un único límite de 50 km/h):

  • 20 km/h, para calles de plataforma única de calzada y acera;
  • 30 km/h, para calles de un único carril por sentido de circulación; y
  • 50 km/h, para calles de dos o más carriles por sentido.

En la maniobra de adelantamiento, la posibilidad de superar en 20 Km/h la velocidad máxima permitida queda suprimida.

 


 

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