Después de mucha polémica sobre la deducibilidad fiscal de las retribuciones de los administradores, el asunto parecía zanjado en los siguientes términos:
No obstante, una reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central ha reabierto la polémica: las funciones de gerencia quedan “absorbidas” por las funciones mercantiles de administrador, por lo que, si los estatutos no prevén la retribución, las sumas satisfechas por el ejercicio de funciones de dirección no son fiscalmente deducibles.
Ante esta situación, lo más prudente es asegurarse de que los estatutos establezcan que el cargo de administrador es retribuido y que establezcan los parámetros para concretar dicha retribución.
Nuestros profesionales le asesorarán sobre las retribuciones que puede recibir como administrador de su empresa y sobre cómo deben quedar los estatutos para que dichas retribuciones sean deducibles.