Son diversas las órdenes ministeriales que desde el inicio de la crisis sanitaria generada por el coronavirus COVID-19 han adoptado como medida sanitaria en la lucha contra su propagación el uso obligatorio de la mascarilla para la generalidad de los ciudadanos.
Un particular, decidió recurrir esta determinación, alegando la vulneración de diversos derechos fundamentales: a la integridad física y moral, a la libertad individual, al honor y a la propia imagen, a la libre circulación y el derecho de reunión. Señalaba que las medidas impuestas por el Gobierno le hacían parecer socialmente irresponsable y atentan contra la autonomía del paciente, reclamando su libertad para optar por otras vías en la lucha contra la pandemia, como obtener inmunidad a la enfermedad por medio del contagio.
El Tribunal Supremo (TS) acaba de pronunciarse al respecto, rechazando el recurso en todos sus extremos:
Partiendo de la presunción de que el uso generalizado de mascarillas es una medida «barrera» de protección, se reputa legitima la disposición ordenando el uso de mascarilla en razón de que, en el actual estado de conocimiento de propagación del virus COVID-19, esta medida es necesaria y proporcionada para alcanzar el fin de interés general de protección de la salud.
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