Para calcular el tipo de retención que va a aplicar a cada uno de sus trabajadores durante 2021 tenga en cuenta los ingresos que previsiblemente les va a satisfacer y su situación familiar. A estos efectos:
Respecto a la situación familiar de los afectados, si éstos ya le entregaron el modelo 145 –lo normal es que lo hiciesen al formalizar el contrato–, no es necesario que cada año se lo vuelvan a entregar (sólo será preciso si se modifican las circunstancias personales).
Finalmente, si por cualquier motivo un trabajador no le comunica sus circunstancias familiares, calcule su retención considerando que su situación familiar es la de persona soltera y que no tiene hijos ni ascendientes a su cargo.
Recuerde que en enero debe recalcular la retención aplicable a sus trabajadores, y que ésta depende de las retribuciones previsibles y de sus circunstancias familiares.