La apreciación de la compatibilidad o incompatibilidad de las actividades realizadas por un trabajador durante una incapacidad temporal (IT) no se limita a la valoración médica de la incidencia de esas actividades sobre la curación del empleado (cuya dolencia es normalmente desconocida por la empresa). Lo determinante es si, con esas actividades, se puede evidenciar la capacidad del afectado para su trabajo, contradiciendo su situación oficial de baja médica.
Para que este análisis no sea subjetivo, los tribunales utilizan la Guía de Valoración Profesional del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). Se trata de una herramienta que proporciona un criterio objetivo e imparcial que permite comparar los requerimientos psicofísicos de la profesión habitual del trabajador frente a las tareas y actividades que éste realiza estando en situación de IT.
Esta herramienta incluye, principalmente:
Todo ello permite realizar un juicio objetivo para determinar si un trabajador posee una aptitud que contradiga su situación de IT, pues no importa la enfermedad específica (que la empresa normalmente desconoce); lo relevante es si la conducta del trabajador revela que tiene capacidad para realizar las tareas de su puesto habitual (si el afectado puede realizar fuera de la empresa tareas con una exigencia similar o equivalente a las de su contrato, está incurriendo en una simulación o fraude, lo que justificaría su despido disciplinario).
Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda que tenga sobre incompatibilidades con la IT.