Infografía elaborada con Inteligencia Artificial – Nano Banana
Es común que un futuro empleado quiera firmar un precontrato en el que se reflejen las condiciones bajo las que quedará contratado. Con este documento, tanto la empresa como el trabajador se comprometen a formalizar un contrato de trabajo en el futuro. Por tanto, si ese contrato no se llega a firmar por culpa de alguna de las partes, la otra podrá exigir una indemnización por los perjuicios sufridos.
La solicitud del empleado es lógica (para evitar el riesgo de quedarse sin su actual empleo, sin el futuro trabajo y sin una posible prestación por desempleo). Y aunque la firma de este precontrato no es obligatoria, a la empresa también le interesa para fijar responsabilidades e indemnizaciones en caso de incumplimiento:
Si en el precontrato se plasman unas condiciones (salario, jornada, tipo de contrato...) y a la hora de firmar el contrato la empresa pretende incorporar otras, el trabajador podrá negarse a firmar y podrá exigir una indemnización. No obstante, si accede a firmar con condiciones distintas, se entenderá que ha consentido el cambio y ya no podrá reclamar lo previsto en el precontrato.
Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda que tenga respecto a contratos de trabajo y precontratos.