El Tribunal Supremo [TS 21-10-2025] ha reiterado los requisitos para la validez del contrato de relevo en las jubilaciones parciales. La base de cotización del relevista debe ser igual o superior al 65% de la media de las bases de cotización de los últimos seis meses del trabajador que accede a la jubilación parcial, sin que este porcentaje dependa de la jornada (completa o parcial) que realice el relevista.
El debate surgía sobre si ese 65% debía ajustarse a la jornada (por ejemplo, si el relevista sólo cubría el 50% de la jornada del jubilado), pero ha quedado claro que no es así:
La Audiencia Nacional [AN 15-10-2025] ha analizado si en un despido colectivo puede excluirse de la afectación a los trabajadores mayores de 55 años sin que ello suponga discriminación por edad. En el caso concreto:
Pues bien, la Audiencia concluye que no hay discriminación: una medida tomada para proteger a este colectivo, especialmente vulnerable y con mayor dificultad para reemplearse, se considera proporcional y legítima. Además, la Audiencia también valida las indemnizaciones reforzadas.
Una trabajadora que tuvo un hijo mientras su pareja (el padre del bebé) estaba en prisión solicitó la prestación por nacimiento y cuidado del menor. Y, aunque el INSS se la reconoció, no aceptó que “sumase” las semanas que le hubieran correspondido por familia monoparental. Por ello, la trabajadora interpuso una demanda alegando discriminación, pero los tribunales [TC 17-11-2025] no le han dado la razón: