Si una empresa organiza un curso que está relacionado con las funciones del puesto de trabajo y cuyo contenido forma parte de los cometidos y de la clasificación profesional de los empleados, puede exigirles que asistan. A estos efectos:
Lo mismo ocurre respecto a la formación en prevención de riesgos laborales que las empresas están obligadas a impartir a la plantilla. Al tratarse de una obligación exigida por la ley, los empleados tampoco podrán negarse.
De todos modos, antes de sancionar al trabajador:
Si se tratase de una actividad formativa que el trabajador pretende desarrollar por propio interés –sin que su empresa le haya obligado–, el tiempo invertido en dicha formación no se considerará tiempo de trabajo, aunque el curso esté relacionado con la actividad desarrollada en la empresa.
Nuestros profesionales le informarán acerca de cualquier duda que tenga sobre la formación de la plantilla.