Cualquier pacto de no competencia poscontractual debe formalizarse siempre por escrito y cumplir los requisitos siguientes:
Para fijar qué importe económico a tanto alzado o qué porcentaje del salario anual se considera adecuado, hay que valorar si compensa el sacrificio que supone para el afectado el no prestar servicios durante un período determinado en un ámbito de actividad concreto, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia.
Generalmente, existen dos modalidades (o momentos) de pago:
En el caso del pago de un porcentaje del salario, es recomendable que tome la cautela de fijar unos importes mínimos y máximos, por si la relación laboral se extingue antes de lo previsto o se alarga en el tiempo.
En el caso de que se pacte que el pago se va a realizar cuando se extinga la relación laboral, es recomendable que se haga de forma fraccionada para tener un mayor control o, si se paga de golpe, que el trabajador acredite durante dos años que está cumpliendo el pacto (entregando algún documento, como la vida laboral).
Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda que tenga respecto al pacto de no competencia poscontractual.