En general, las sociedades acuerdan el pago de dividendos en el momento de aprobar las cuentas anuales (en junio del año siguiente al ejercicio correspondiente). Pero nada impide que el acuerdo se adopte en otro momento del año:
Esta posibilidad de recibir dividendos en cualquier momento es especialmente interesante en el mes de diciembre en caso de empresas que facturan al menos 10 millones de euros y cuyo ejercicio coincide con el año natural: éste es el mes en que el pago de dividendos desde las filiales a la matriz es más conveniente:
De esta forma, unos dividendos exigibles en el mes de noviembre inciden en el pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de la empresa receptora, por lo que se anticipan fondos a favor de Hacienda. En cambio, si el ingreso por dividendos se devenga en el mes de diciembre, ya no se incluirá en el pago a cuenta (por el mínimo aplicable), con el consiguiente ahorro financiero para la sociedad matriz.
Nuestros profesionales verificarán si en su caso es interesante el pago de dividendos en el mes de Diciembre