Si su empresa tiene un deudor moroso, contacte con su abogado (sólo pueden acceder al Registro estos profesionales) y, sin necesidad de demandar judicialmente, reclamen del siguiente modo:
Además, los abogados pueden acceder al Registro para verificar si una determinada persona física o jurídica está inscrita. En caso de personas físicas, es necesario acreditar un interés legítimo (por ejemplo, que dicha persona va a firmar un contrato con el cliente del abogado).
Nuestros profesionales le ofrecerán el asesoramiento más eficaz para evitar impagados y, en caso de tenerlos, para obtener el recobro.