La normativa de protección de datos sólo protege los datos de las personas físicas; obliga a quienes los traten a informar a los afectados sobre sus derechos y sobre dicho tratamiento. Para ello, hay que incluir una cláusula en los contratos que suscriban. Pero si una persona física realiza una actividad mercantil o profesional en nombre de una empresa (que no goza de protección), ¿también debe incluirse?
Esta normativa se aplica a cualquier tratamiento de datos personales que esté total o parcialmente automatizado, así como a cualquier almacenamiento de éstos en un fichero, y los empresarios y profesionales no están excluidos de esa protección. No obstante, los tribunales consideran que debe distinguirse según el dato:
Nuestros asesores analizarán sus contratos y le informarán de si las personas físicas firmantes incluyen algún dato de carácter personal que le obligue a incorporar una cláusula de protección de datos. Si es así, le asesorarán en cuanto a su redactado.