Recuerde que hasta el próximo 1 de abril de 2024 debe presentarse el modelo 720, (Declaración Informativa. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero) correspondiente al año 2023. A estos efectos, tenga en cuenta que:
La obligación de volver a declarar solamente afecta a los “grupos de bienes” con variaciones. Así, si en la declaración de un ejercicio anterior un contribuyente informó de inmuebles y de depósitos (porque cada uno de estos grupos superaba los 50.000 euros) y en 2023 sólo las cuentas han sufrido cambios, únicamente deberá informar de estas (siempre y cuando su valor haya aumentado en más de 20.000 euros respecto a la anterior declaración).
Asimismo, recuerde que el proximo 1 de abril, también finaliza el plazo para presentar el nuevo modelo 721(Declaración informativa sobre monedas virtuales en el extranjero), relativo al ejercicio 2023.
Si es titular de inmuebles, cuentas bancarias, valores o monedas virtuales situados en el extranjero, consúltenos. Nuestros profesionales comprobarán si debe declararlos y le ayudarán a cumplir con esta obligación.