En principio, no es necesario instar judicialmente medidas en relación a la capacidad de una persona cuando los apoyos que necesita están cubiertos satisfactoriamente por una guarda de hecho. Pero ello no es obstáculo, si las circunstancias del caso lo hacen más conveniente, para solicitar a la autoridad judicial ser designado como asistente o representante de esta persona, con las mismas funciones que en la práctica ya se vienen ejerciendo.
Así lo ha establecido el Tribunal Supremo (TS) resolviendo un recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal, que estaba en contra del establecimiento judicial de medidas de apoyo en favor de un anciano con demencia senil, aunque con buenas condiciones de movilidad, que había solicitado su hijo, con el que convivía y que ejercía en la práctica estas funciones, para que fuese incapacitado y nombrado formalmente su tutor.
El Juez accedió a la petición; pero ya en ese momento había cambiado la ley (desde septiembre de 2021) que eliminó la tradicional incapacitación de las personas y estableció un sistema de provisión de medidas de apoyo conforme a las capacidades de cada uno, y sustituía la figura del tutor (ahora reservada para los menores de edad) por la de curador.
El Juez, en aplicación de la nueva ley, determinó la curatela representativa del anciano a cargo de su hijo (que viene a ser el mayor grado de apoyo que se puede prestar y que, en esencia, se asemeja a la antigua incapacitación).
El Ministerio Fiscal recurrió la decisión del Juez considerando que no era necesaria tal medida (sin duda muy intervencionista en los derechos de la personalidad) cuando ya el hijo ejercía la guarda de hecho del anciano. Pero el TS ha confirmado lo dispuesto por el Juez. Ha dicho:
Lo que la nueva ley dice es:
Y, en efecto, en este caso es el propio guardador de hecho, el hijo, quien pone de manifiesto que la protección de la persona y bienes de su padre requiere que se le atribuya la función de representación como tutor (ahora curador con función de representación) pues, debido a la demencia senil que aquel padece, hace cosas cuando se queda solo en casa como ir al banco a sacar dinero y hacer gestiones, poniendo en evidente peligro su patrimonio.
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