En algunos casos, si su empresa no acredita las causas disciplinarias u objetivas alegadas en el despido, éste puede ser declarado nulo. La nulidad conlleva la obligada readmisión del trabajador y el pago –y cotización– de los salarios de tramitación (es decir, de los salarios dejados de pagar desde el despido hasta la fecha de la readmisión). Por ejemplo, es nulo el despido sin causa de una trabajadora embarazada, el de un empleado que se ha reincorporado recientemente tras disfrutar de la suspensión por maternidad o por paternidad, o incluso el despido que se considere discriminatorio (por origen, raza, religión, etc.).
Aunque un empleado no se encuentre en ninguno de esos supuestos, también es nulo el despido de un trabajador que tiene un vínculo con otra persona que pertenece a un colectivo vulnerable o susceptible de discriminación. En concreto:
Por ello, es importante acreditar las causas objetivas o disciplinarias del despido, de forma que ante una reclamación la empresa pueda demostrar que la decisión no guarda relación con el embarazo de la pareja del trabajador.
Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda sobre el despido y las posibles causas de nulidad y sus consecuencias.