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Si es por una cláusula abusiva y ganas que lo condenen también a las costas del proceso

27/10/2023
Litigios contra tu banco

Un banco demandó a un cliente por el impago de varias cuotas del préstamo hipotecario.

El juez estimó las alegaciones del demandado y declaró abusivas algunas cláusulas del contrato.

Y, sin embargo, no se pronunció sobre las costas procesales, de modo que el demandado tuvo que asumir las propias.

Recurrió, pero el tribunal dijo que no existe en la ley ninguna regla específica que regule la condena de costas en un procedimiento de ejecución hipotecaria en el que se aprecie la existencia de cláusulas contractuales abusivas y se decrete su sobreseimiento.

El cliente decidió solicitar el amparo del Tribunal Constitucional (TCo), y se lo ha concedido, al reconocer que el pronunciamiento vulnera el derecho fundamental del demandante a la tutela judicial efectiva.

Dice el TCo que, en los litigios sobre cláusulas abusivas en los que la pretensión del consumidor resulte estimada, se debe reestablecer la situación de hecho y de derecho de este, con un efecto disuasorio a los bancos en relación a la inclusión de cláusulas abusivas en los préstamos hipotecarios.

En caso contrario, serían los consumidores los que no demandarían jamás a los bancos por cláusulas abusivas, por el coste que llevaría, aun ganando.

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