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Para exigir responsabilidades al coto el perjudicado debe probar que hubo una jornada colectiva de caza mayor el día del accidente

12/06/2023
Accidente de circulación. Colisión contra especie cinegética

En caso de accidentes de tráfico causados por la irrupción de animales procedentes de un coto de caza, la responsabilidad corresponde al titular del aprovechamiento cinegético o propietario del terreno cuando sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva llevada a cabo el mismo día o concluida en las 12 horas anteriores.

Así lo ha recordado la Audiencia Provincial de Burgos (AP), resolviendo un contencioso iniciado por la aseguradora de un vehículo contra un club de caza, exigiendo responsabilidades por los daños en un accidente de tráfico ocasionado por un corzo que irrumpió en la calzada.

La demanda resultó desestimada por el juzgado, porque la aseguradora no probaba que en el coto de caza en cuestión se hubiera realizado una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor el mismo día del accidente, ni en las 12 horas anteriores, tal y como establece la ley de tráfico para poder exigir responsabilidades al titular del coto

Entonces la aseguradora recurre ante la AP alegando que, como la modalidad de caza colectiva que se podía llevar a cabo en el coto  demandado era una modalidad (caza mayor en mano y rececho) que no exige notificación previa a la Administración competente, es imposible para el perjudicado conocer si se ha llevado a cabo esta modalidad de caza el mismo día o en las 12 horas anteriores al accidente, por lo que debe ser el club de caza quien acredite que no la ha llevado a cabo. 

Pero la AP ha desestimado el recurso, pues no considera acreditado que esa modalidad de caza no exija previa comunicación a la autoridad administrativa. Además, entiende que la prueba de que en el coto se ha llevado a cabo una acción de caza colectiva debe corresponder al perjudicado, al tratarse de la prueba de un hecho positivo que corresponde a quien lo afirma, que es más fácil que cargar al titular del coto con la prueba de acreditar un hecho negativo -la no celebración de una acción de caza en su territorio-; más aún cuando las batidas de caza no son algo que se lleve a cabo todos los días, sino en días cotados de una semana o de un mes; por lo que es evidentemente más fácil la prueba de que una cacería colectiva se ha llevado a cabo, que la de no haberse realizado.

 

Si usted se siente perjudicado y en situación de exigir responsabilidades por algún daño sufrido a causa de otros nuestros profesionales podrán asistirle en el ejercicio de sus reclamaciones 
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