El Tribunal Superior de Justicia de Burgos [TSJ Burgos 09-02-2023] ha confirmado que el nacimiento por gestación subrogada debe equipararse a la adopción. El hecho causante de la prestación no es el nacimiento del menor, sino la fecha de la resolución judicial que reconoce la filiación. Por ello, el Tribunal ha reconocido la prestación a un padre por subrogación, aunque hayan pasado 11 meses del nacimiento del menor.
Pese a que la Seguridad Social defendía que la fecha de nacimiento del menor debía ser el hecho causante de la prestación, los tribunales insisten en que:
Una empresa despidió a un comercial por hacer gestiones personales durante su tiempo de trabajo, y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid [TSJ Madrid 01-03-2023] ha calificado el despido como improcedente. El trabajador demostró que gozaba de una cierta autonomía en la organización del trabajo, que había cumplido el 100% de los objetivos y que en ocasiones prestaba servicios fuera del horario laboral y durante fines de semana y vacaciones.
El Tribunal tiene en cuenta la naturaleza y las peculiaridades propias del trabajo de comercial, que es dinámico y exige estar pendiente todo el día, pero que puede llevarse a cabo desde cualquier lugar gracias a las nuevas tecnologías. La empresa no ha acreditado ninguna falta de asistencia a las reuniones fijadas, pero el trabajador sí ha acreditado su plena dedicación a su actividad.
A diferencia de lo que sucede en el caso de los períodos de baja por incapacidad temporal (al suspenderse el contrato), la Audiencia Nacional [AN 06-03-2023] ha concluido que es discriminatorio, a efectos del devengo y percibo de la paga de beneficios, considerar como ausencias al trabajo:
Ello constituiría una medida discriminatoria y, por tanto, nula (no tendría efectos), por vulnerar derechos como la no discriminación por razón de sexo, la salud o el derecho a la conciliación de las familias. En el caso del ejercicio de funciones de carácter sindical, limitaría su libre disponibilidad.