Noticias

Aprobada la Ley de memoria democrática que sustituye a la llamada Ley de memoria histórica

20/10/2022
Nueva Ley de memoria

La nueva ley tiene como objeto principal la recuperación, salvaguarda y difusión de la memoria democrática, el reconocimiento de quienes padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas, de pensamiento u opinión, de conciencia o creencia religiosa, de orientación e identidad sexual, durante la Guerra de España y la dictadura franquista, así como promover su reparación moral y la recuperación de su memoria personal, familiar y colectiva.

Las principales medidas de la nueva Ley pueden resumirse del siguiente modo:

• Considera como víctima a toda persona que haya sufrido, individual o colectivamente, daño físico, moral o psicológico, daños patrimoniales, o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales desde el golpe de 1936, la posterior guerra y la dictadura franquista, hasta la entrada en vigor de la Constitución.

Se realiza un listado no excluyente de víctimas, entre las que se incluyen, entre otras, los fallecidos o desaparecidos, encarcelados, o detenidos, torturados, deportados, personas internadas en campos de concentración -dentro o fuera de España-, exiliados, personas LGTBI perseguidas por razón de su orientación o identidad sexual, niñas y niños sustraídos y adoptados sin consentimiento de sus progenitores, y personas que participaron en la guerrilla antifranquista.

Asimismo, se consideran víctimas los familiares de aquellos (hasta el cuarto grado).

La consideración de víctima implica la aplicación del Estatuto de la víctima del delito, en cuanto sea procedente.

• Se declara el carácter ilegal y radicalmente nulo de todas las condenas y sanciones producidas durante la Guerra y la Dictadura por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa o de orientación e identidad sexual.

• En lo que se refiere a las políticas públicas integrales de memoria democrática, se regulan algunas medidas ya contenidas en la ley de memoria histórica, como el mapa de fosas, protocolo de exhumaciones y régimen de autorizaciones. No obstante, se establece como novedad que corresponde a la Administración General del Estado la búsqueda de personas desaparecidas, sin perjuicio de las competencias de otras Administraciones públicas.

Se regula además el acceso a los fondos y archivos públicos y privados y la creación de un censo de fondos documentales para la memoria democrática.

• Se crea el Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática.

• En lo que se refiere a las medidas de reparación, se incorporan actuaciones específicas que se refieren a los bienes expoliados, mediante la realización de una auditoría y  la restitución a personas naturales o jurídicas de carácter privado, de documentos, fondos documentales y otros efectos. Asimismo, se prevé la restitución de bienes incautados a las fuerzas políticas durante la Dictadura y el reconocimiento y reparación de las víctimas que realizaron trabajos forzados.

• Se prevé la adquisición de la nacionalidad española para los nacidos fuera de España de padres o madres, abuelas o abuelos, exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia, así como para los hijos nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros, y para los hijos mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción.

Además, se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales.

• Se consideran elementos contrarios a la memoria democrática y deben ser retirados: las edificaciones y símbolos públicos en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación de la sublevación militar y la Dictadura. Igualmente, las referencias realizadas en topónimos, en el callejero o en las denominaciones de centros públicos.

• Se revocan distinciones, nombramientos, títulos y honores institucionales, condecoraciones y recompensas que hayan sido concedidos o supongan la exaltación de la Guerra y la Dictadura, disponiendo expresamente la supresión de determinados títulos nobiliarios.

• Se regulan los lugares de memoria democrática, con una función conmemorativa y didáctica, para los que se crea un inventario como instrumento de publicidad y conocimiento.

Se modifica la denominación del Valle de los Caídos por «Valle de Cuelgamuros», que debe destinarse a dar a conocer las circunstancias de su construcción, el periodo histórico en el que se inserta y su significado.

• Se incluye, como causa de extinción de fundaciones y de revocación de la declaración de utilidad pública de asociaciones, la apología del franquismo que ensalce el golpe de Estado y la Dictadura o enaltezca a sus dirigentes.

Resolvemos sus dudas sobre las implicaciones de esta ley en cuestiones que puedan ser de su interés y la posibilidad de emprender las actuaciones que pudieran corresponder en defensa de sus derechos
© 2024 Assessoria Bosch Pons, S.L.P.