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Se desestima la imposición de una renta mensual al excónyuge que la usa en favor del otro como si de un inquilino se tratara

27/05/2022
Vivienda común. Uso tras el plazo dado en divorcio

Un hombre demandó a su exmujer para partir un inmueble en común que todavía tenían (acción de división de la cosa común); se trata de la que fuera la vivienda familiar del matrimonio antes del divorcio.

El demandante pide la venta de la vivienda en subasta pública y repartirse el dinero. Solicitó además el 50% de los gastos de la vivienda no satisfechos por su exmujer (IBI, seguro, cuotas y derramas, comunitarias, etc.).

La demandada no solo se opuso a la demanda, sino que además formuló reconvención (simplificando, demandó al demandado) donde solicitaba que el demandante en lo sucesivo le debía abonar el 50% de la renta media de mercado por una vivienda similar, al haber continuado él usando en exclusiva la misma pese a haber alcanzado ya la hija común con la que convive la mayoría de edad, como estableció la sentencia de su divorcio.

El juzgado de primera instancia da la razón al exmarido; decretó la venta en pública subasta, para el reparto de los dividendos en dos partes y los pagos por gastos en la vivienda reclamados. La exmujer presenta entonces recurso de apelación ante la audiencia provincial territorialmente competente, que le da la razón en la petición que formuló en reconvención, condenando al exmarido al pago de una cantidad mensual hasta que deje de estar en la vivienda.

Recurre entonces el exmarido al Tribunal Supremo, que ha declarado:

- El propietario está obligado al pago de las cuotas de comunidad, y el usuario de la vivienda debe afrontar el pago de los suministros, sin perjuicio de lo que pueda haber acordado el juzgado de familia que llevó el divorcio.

- La exmujer no pretende con su reconvención hacer valer su derecho a utilizar la vivienda igualmente, una vez que ha concluido el tiempo que fijó para el exmarido la sentencia de divorcio; lo que le reclama es una cantidad por el mero hecho de que el otro ejercita su derecho, a modo de un alquiler, siendo como es, no un inquilino, sino un condueño que se sirve de la cosa que es de los dos conforme a su destino y porque tiene, como también lo tiene ella, la facultad de usarla.

Estima el recurso, que supone ordenar la venta de la vivienda para el reparto del precio entre los dos copropietarios y además condena a la exmujer al pago por los gastos reclamados en la parte que le corresponden en su condición de copropietaria.

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