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Dada su prohibición en España, la situación de hecho generada puede resolverse en interés del menor por la vía de la adopción

19/04/2022
Gestación por sustitución

Los contratos de gestación por sustitución vulneran los derechos fundamentales, tanto de la mujer gestante como del niño gestado, y son manifiestamente contrarios a nuestro orden público.

Así lo ha recordado el Tribunal Supremo (TS), denegando a una española ser reconocida como la madre de la niña nacida en México de otra mujer con la que concertó un contrato de gestación por sustitución, válido en dicho Estado.

La demandante, que sí es madre legal en la legislación mexicana, basó su petición en la constante posesión de estado de la niña; es decir, simplificando, venir ejerciendo como madre de manera pública, notoria y pacífica. Se diferencia de una vía procesal utilizada por otros demandantes con anterioridad, que instaron la inscripción en el Registro Civil aportando la certificación del registro civil del país de procedencia, donde si está reconocida dicha filiación, y que fue rechazada por nuestros tribunales por razones de orden público.

El TS ha declarado que tampoco cabe el reconocimiento de la maternidad de la madre no biológica por la vía pretendida. No obstante, cabe plantearse la protección del interés del menor en esta situación. Dada la situación de hecho, es preciso permitir el desarrollo y la protección de estos vínculos, siempre que estos lazos personales y afectivos sean reales y con una duración relevante. El interés superior del menor exige proteger su derecho a la identidad, dentro de la cual tiene gran importancia la determinación de su filiación y su integración en un determinado núcleo familiar. Cuando quien solicita el reconocimiento de la filiación en España es el reconocido como progenitor en el extranjero, la vía por la que debe obtenerse la determinación de la filiación es la de la adopción.

La solución de la adopción armoniza el interés superior del menor y los derechos fundamentales de las madres gestantes y de los niños en general, que resultarían gravemente lesionados si se potenciara la práctica de la gestación subrogada comercial.

 

Si usted se encuentra en una situación similar a la descrita, nuestros profesionales pueden prestarle la oportuna asistencia legal y emprender las actuaciones oportunas en defensa de sus intereses y el de sus hijos.
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